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Quiero ser Franciscano |
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Señor Jesús:
Tú subiste al monte a orar
antes de llamar a tus apóstoles,
te acompañamos para pedirte
que sigas llamando a tus colaboradores:
Laicos comprometidos, Religiosas, Religiosos, Sacerdotes.
Queremos que los jóvenes escuchen hoy tu voz
y dejen todo para seguirte.
Mira a la familia de tu servidor Francisco de Asís,
hazla crecer con santas vocaciones
y que todos, cada día de nuestra vida,
respondamos plenamente a tu llamada.
Amén
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REGLA BULADA
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| La Regla Bulada es llamada así por que fue aprobada por el
Papa Honorio III el 11 de Noviembre de 1223. Esta es la tercera redacción
de la Regla y es una redacción más ceñida y recortada
de elementos espirituales y de oración. Por su parte esta versión
tiene en cuenta más y mejor las intervenciones del magisterio
de la Iglesia, y nos encontramos con un texto que se viste de perfección
y elegancia literaria. |
Capítulo I
!En el nombre del Señor!
Comienza la vida de los Hermanos Menores |
1.- La regla y vida de los Hermanos Menores es ésta,
a saber, guardar el santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo,
viviendo en obediencia, sin propio y en castidad.
2.- El hermano Francisco promete obediencia y reverencia al
Señor Papa Honorio y a sus sucesores canónicamente elegidos
y a la Iglesia Romana. 3 Y los otros hermanos estén obligados
a obedecer al hermano Francisco y a sus sucesores. |
Capítulo II
De aquellos que quieren tomar esta vida, y cómo deben ser recibidos. |
1.- Si algunos quisieran tomar esta vida y vinieran a nuestros
hermanos, envíenlos a sus ministros provinciales, a los cuales
solamente y no a otros se conceda la licencia de recibir hermanos.
2.- Y los ministros examínenlos diligentemente de la fe
católica y de los sacramentos de la Iglesia.
3.- Y si creen todo esto y quieren confesarlo fielmente y guardarlo
firmemente hasta el fin,
4.- y no tienen mujer o, si la tienen, también la mujer
ha entrado ya en un monasterio o, emitido ya por ella el voto de continencia,
les ha dado licencia con la autorización del obispo diocesano,
y siendo de una tal edad la mujer, que de ella no pueda originarse
sospecha,
5.- díganles la palabra del santo Evangelio (cf. Mt 19,21),
que vayan y vendan todas sus cosas y se apliquen con empeño
a distribuirlas a los pobres.
6.- Si esto no pudieran hacerlo, les basta la buena voluntad.
7.- Y guárdense los hermanos y sus ministros de preocuparse
de sus cosas temporales, para que libremente hagan de sus cosas lo
que el Señor les inspire.
8.- Con todo, si buscan consejo, que los ministros puedan enviarlos
a algunas personas temerosas de Dios, con cuyo consejo sus bienes
se distribuyan a los pobres.
9.- Después concédanles las ropas del tiempo de
probación, a saber, dos túnicas sin capilla, y cordón
y paños menores y caparón hasta el cordón,
10.- a no ser que a los mismos ministros alguna vez les parezca
otra cosa según Dios.
11.- Y finalizado el año de la probación, sean recibidos
a la obediencia, prometiendo guardar siempre esta vida y Regla.
12.- Y de ningún modo les será lícito salir
de esta religión, conforme al mandato del señor Papa,
13.- porque, según el santo Evangelio, nadie que pone la
mano al arado y mira atrás, es apto para el reino de Dios (Lc
9,62).
14.- Y los que ya prometieron obediencia, tengan una túnica
con capilla, y otra sin capilla los que quieran tenerla.
15.- Y quienes se ven obligados por la necesidad, puedan llevar
calzado.
16.- Y todos los hermanos vístanse de ropas viles, y puedan
reforzarlas de sayal y otros retazos con la bendición de Dios.
17.- A los cuales amonesto y exhorto que no desprecien ni juzguen
a los hombres que ven vestidos de telas suaves y de colores, usar
manjares y bebidas delicadas, sino más bien que cada uno se
juzgue y desprecie a sí mismo. |
Capítulo III
Del oficio divino y del ayuno, y cómo los hermanos deben ir
por el mundo. |
1.- Los clérigos recen el oficio divino según
la ordenación de la santa Iglesia Romana, excepto el salterio,
2.- por lo que podrán tener breviarios.
3.- Y los laicos digan veinticuatro Padrenuestros por maitines;
por laudes, cinco; por prima, tercia, sexta y nona, por cada una de
estas horas, siete; por vísperas, doce; por completas, siete;
4.- y oren por los difuntos.
5.- Y ayunen desde la fiesta de Todos los Santos hasta la Natividad
del Señor.
6.- Mas la santa cuaresma que comienza en la Epifanía y
dura cuarenta días continuos, la cual consagró el Señor
con su santo ayuno (cf. Mt 4,2), los que voluntariamente la ayunan,
benditos sean del Señor, y los que no quieren, no estén
obligados.
7.- Pero ayunen la otra, hasta la Resurrección del Señor.
8.- Y en los otros tiempos no estén obligados a ayunar,
sino el viernes.
9.- Pero en tiempo de manifiesta necesidad no estén obligados
los hermanos al ayuno corporal.
10.- Aconsejo de veras, amonesto y exhorto a mis hermanos en el
Señor Jesucristo que, cuando van por el mundo, no litiguen
ni contiendan con palabras (cf. 2 Tim 2,14), ni juzguen a los otros;
11.- sino sean apacibles, pacíficos y moderados, mansos
y humildes, hablando a todos honestamente, como conviene.
12.- Y no deben cabalgar, a no ser que se vean obligados por una
manifiesta necesidad o enfermedad.
13.- En cualquier casa en que entren, primero digan: Paz a esta
casa (cf. Lc 10,5).
14.- Y, según el santo Evangelio, séales lícito
comer de todos los manjares que les ofrezcan (cf. Lc 10,8). |
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